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¿Cómo afecta el Reglamento Europeo 1169/2011 a los alimentos envasados y no envasados?

13 diciembre, 2014

Hoy sábado 12 de diciembre de 2014 entra en vigor el nuevo Reglamento Europeo 1169/2011 sobre la información alimentaria facilitada al consumidor cuyo propósito es proteger la salud de los consumidores y garantizar su derecho a la información para que los mismos tomen decisiones con conocimiento de causa. 

A pesar de que el Real Decreto aún se encuentra en borrador, deberán cumplir esta ley tanto las industrias alimentarias como a aquellos alimentos no envasados.

  1. ¿En qué sentido afecta a los alimentos envasados, es decir, a las industrias alimentarias?

Desde que se aprobó el Reglamento en 2011, las empresas de la industria alimentaria disponían de un periodo de transición de 3 años para aplicar dicho Reglamento en los etiquetados de los alimentos envasados. No obstante, se  permite que los productos comercializados o etiquetados antes de esta fecha puedan sigan vendiéndose hasta que se agoten las existencias. Aunque dependerá de la caducidad de cada uno

Porque una imagen vale más, aquí os dejamos las novedades que deben presentar a partir de hoy los alimentos envasados. Entre ellas se encuentra: informar sobre los 14 alérgenos más comunes, usar un tamaño de letra legible, identificar origen de la carne y composición exacta e incorporar datos nutricionales que permitan comparar qué alimento es más saludable, como es el caso de la sal en lugar de llamarlo sodio o el tipo de grasas vegetales.

Novedades en cuanto a la información alimentaria
Novedades en el etiquetado nutricional de los alimentos envasados. Fuente: El Pais

En cuanto al etiquetado nutricional obligatorio, éste entraría en vigor en diciembre de 2016

  1. ¿En qué sentido afecta a los alimentos no envasados, es decir, a restaurantes, bares, caterings, comedores públicos (colegios, hospitales, residencias, etc) y máquinas expendedoras.

En cuanto a las obligaciones de los alimentos no envasados se encuentra la de informar acerca de aquellos ingredientes que causen alergias o intolerancias (ingredientes alérgenos) que estén presentes en sus platos y menús. El Reglamento recoge un listado de 14 sustancias alérgicas que deben indicarse de forma clara, incluso cuando exista la posibilidad de contaminación cruzada por trazas de éstas (Anexo II: «Sustancias o productos que causan alergias o intolerancias»).

Esta información alimentaria puede ponerse a disposición del consumidor a través de varios soportes: papel, informático o de forma oral, aunque lo más recomendable es que figure de forma escrita y visual en la carta o en el menú.

alergen-icons
Sustancia o productos que causen alergias o intolerancias

A partir de ahora, es el hostelero y la empresa responsable de informar a sus clientes de esta nueva normativa. La omisión de esta información podría conllevar sanciones para el establecimiento.

Por ello es importante que todo el personal que trabaje en la hostelería debe recibir formación en alergias e intolerancias alimentarias, de los tipos de alérgenos más comunes y de la seguridad alimentaria en la cocina, para que ello contribuya a la tranquilidad de comer fuera de casa sin que ello conlleve ningún peligro para la salud. ¡Confía en Nuttralia para recibir una formación de calidad!

Imagen de la portada es cortesía de Allergychef del siguiente enlace

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